martes, 22 de marzo de 2011

XXII Congreso Nacional de Empresas de Formación


- En el actual contexto de crisis económica la formación es la inversión más rentable y se enfrenta a nuevos retos como la formación en las redes sociales, en la web 2.0.

- CECAP asiste con preocupación a los mensajes que nos llegan desde la FTFE sin consenso ni acuerdo con los agentes sociales, preocupación por el concepto de formación LOX COST, e incertidumbre por los nuevos Acuerdos Nacionales de Formación Continua.

- Anualmente, el Congreso nos permite poner en valor lo que todos sabemos, podemos, y queremos hacer....formulando la ecuación del talento: "Capacidad por compromiso en un contexto adecuado".

- El Congreso ha servido también para renovar nuestro compromiso con los certificados de profesionalidad y demandar de la Administración que no impida la oferta privada conducente a los certificados de profesionalidad, incluso que los promueva a través de incentivos fiscales a empresas y a los trabajadores.

- El acuerdo político que se ha realizado en Extremadura es un ejemplo a seguir a nivel estatal y autonómico para salir de la crisis por derecho... como dice nuestro lema.

- CECAP continúa y continuará comprometida en la defensa de los intereses de las empresas de formación.

Fuente: ACEFOR

lunes, 7 de marzo de 2011

Éxito de asistencia en la jornada de resolución de dudas sobre la 1ª convocatoria para solicitar cursos del FIP 2011 por parte del SEXPE

En la jornada del pasado viernes, convocada por el SEXPE, para la resolución de dudas de la convocatoria abierta para la solicitud de cursos dirigidos prioritariamente a desempleados por parte de las entidades de formación, tuvo un rotundo éxito de asistencia, ya que se encontraban en el salón más de cuatrocientas personas de todos las entidades de la región.

Desde CECAP EXTREAMDURA, queremos agradecer la asistencia y participación de todos nuestros asociados quienes, una vez más, demuestran la manera en que se implica cuando se les requiere y esperamos que la jornada les haya sido útil para despejar cuantas dudas hayan manifestado. Asimismo también nos congratula que el SEXPE haya atendido cuantas cuestiones se plantearon en la misma y por el esfuerzo que está realizando en pro de la transparencia.

jueves, 3 de marzo de 2011

1ª Convocatoria 2011: Publicación en el BOE de la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes FIP

Estimados asociados:

Con fecha de 3 de marzo de 2011 ha sido publicada en el DOE la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes para acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados.

Pincha aquí.

martes, 1 de marzo de 2011

1ª Convocatoria 2011: Ampliación del plazo para la presentación de solicitudes FIP



Acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados: Convocatoria 2011



Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (orden más abajo). Por tanto, los interesados tendrán de plazo desde el 12 de febrero al 3 de marzo, ambos inclusive.

AMPLIACIÓN DE PLAZO ORDEN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2010 (DOE Nº 29 DE 11 DE FEBRERO DE 2011)

Con motivo de la corrección de errores sobre los datos de algunas especialidades, se procede a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes hasta el día 13 de marzo de 2011.

Solicitudes y documentación
Las solicitudes de subvención para la impartición de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas se cumplimentará utilizando la herramienta informática INFOREX. Una vez cumplimentada la solicitud en la aplicación, se imprimirá y se presentará en formato papel en los registros referidos en el párrafo siguiente para que tenga efectos jurídicos.

Las solicitudes deberán por tanto dirigirse a la Dirección General de Formación para el Empleo del SEXPE (C/ San Salvador nº9 de Mérida, Badajoz C.P. 06800) y se presentarán en los Registros de la Consejería de Igualdad y Empleo sin perjuicio de su presentación en cualquier otra oficina integrada del Sistema de Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fuente: Emplea Extremadura